Marbury contra Madison

“Cuando los gobiernos temen a la gente, hay libertad; cuando la gente teme al gobierno, hay tiranía»

-Thomas Jefferson-

Caso 5 US  137

Marbury contra Madison

Juez: John Marshall

Fue el controvertido político-legal que constituyó un referente histórico en materia de control de la constitucionalidad.

Los protagonistas:

-Thomas Jefferson del entonces Partido Republicano Demócrata le gana la Presidencia de la República a John Adams del Partido Federalista, a la sazón Presidente, que buscaba la reelección en los comicios de 1800 en Estados Unidos.

-John Marshall que era Secretario de Estado con John Adams, es nombrado por éste, Presidente de la Corte Suprema y al asumir la presidencia Thomas Jefferson, nombra como Secretario de Estado a James Madison.

Jefferson y Adams, forjados en el Siglo  de las luces, la era de la razón: la Ilustración.

Los hechos:

Adams, antes de dejar la presidencia a la conducción de Jefferson, había nombrado 42 jueces de paz para el distrito de Columbia cuyos nombramientos dejó firmados. En el proceso de cambio, el entonces Secretario de Estado, John Marshall, (y a la  vez ya nombrado Presidente del Tribunal Supremo)  por una cuestión de tiempo, a cuatro jueces no les entregó sus nombramientos, entre ellos a William Marbury.  El nuevo Secretario de Estado, con Jefferson, James Madison irritado por la maniobra de los Federalistas en su afán de controlar la judicatura, se negó a entregar dichas acreditaciones por lo que Marbury acudió a la Corte Suprema con writ de mandamus ,  para que obligara a Madison entregarle su acta: Marbury versus Madison.

Controvertido político-legal:

Si el Tribunal fallaba a favor de Marbury aun podía Madison negarse a entregar el acta sin que dicho órgano pudiera hacerle cumplir la orden; si se pronunciaba contra Marbury sería interpretado como sometimiento del Poder Judicial a los partidarios de Jefferson.

Resolución judicial:

El Presidente del Tribunal, John Marshall, quien  dictaminó que “la Sección 13 de la Ley Judicial que otorgaba a la Corte estas facultades, (la de intervenir en asuntos de esta naturaleza) eran inconstitucionales porque ampliaba la jurisdicción original del Tribunal de la jurisdicción definida por la misma Constitución”. En otras palabras, la Ley que habilitaba a la Suprema Corte a resolver un Mandamus como el presentado, contravenía lo dispuesto por la Constitución.

Conclusión:

Al abstenerse de intervenir en este asunto particular, fundamentando razones y causas, el Tribunal Supremo afirmó su posición como árbitro final de la Ley.

Un caso paradigmático, fundacional, histórico, del control de la constitucionalidad.

El caso se inició en un mes de febrero como ahora, de 1801, y terminó en 1803.

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