Día mundial de la Propiedad Intelectual

El tema de este año es: “El cine, una pasión universal”

El 26 de abril de 1970 entró en vigor el Convenio de la OMPI, por lo que la Asamblea General de las Naciones Unidas, en el año 2000 instauró esta fecha como El día mundial de la Propiedad Intelectual.

El concepto en esencia es la protección que da la legislación a la Propiedad Intelectual mediante las patentes, el derecho de autor y las marcas.

Los antecedentes se remontan al siglo XIX cuando se suscribió el Convenio de Berna.

El Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, conocido como Convenio de Berna, Convención de Berna, CBERPOLA o Tratado de Berna, es un Tratado Internacional sobre la protección de Derechos de Autor, respecto a obras literarias y artísticas.

Su primer texto fue firmado el 9 de septiembre de 1886, en Berna, Suiza. Ha sido completado y revisado en varias ocasiones, siendo enmendado por última vez el 28 de septiembre de 1979.

La Convención de Berna se apoya en tres principios básicos y contiene una serie de disposiciones que determinan la protección mínima de obras literarias y artísticas que se concede al autor, además de las disposiciones especiales disponibles para los países en desarrollo que tuvieran interés en aplicarlos.

Al día de hoy, 167 estados son partes del Convenio.

Los tres principios básicos son los siguientes:

Las obras literarias y artísticas de autores de los países de la Unión, o publicadas por primera vez en uno de dichos países, podrán recibir en cada uno de los demás estados contratantes la misma protección que estos otorgan a las obras de sus propios ciudadanos.

Esa protección no debe estar condicionada al cumplimiento de formalidad alguna.

Esa protección es independiente de la existencia de una protección correspondiente en el país de origen de la obra. Sin embargo, si un estado contratante provee un plazo más largo que el mínimo prescrito por la convención, y la obra deja de estar protegida en el país de origen, la protección le puede ser negada una vez que cese la protección en el país de origen.

La convención abarca también los «derechos morales», es decir, el derecho de reclamar la autoría de la obra y el derecho de oponerse a cualquier mutilación, deformación u otra modificación de la misma, o bien, de otras acciones que dañan la obra y podrían ser perjudiciales para el honor o el prestigio del autor.

En cuanto a la vigencia de la protección, la regla general dispone que se deberá conceder protección, como mínimo, hasta que concluya un periodo de 50 años a partir de la muerte del autor.

El 26 de junio del 2012, después de 12 años de negociaciones auspiciadas por la OMPI, en Beijin, China, se firmó un nuevo TRATADO SOBRE LAS INTERPRETACIONES Y EJECUCIONES AUDIOVISUALES, conocido como El Tratado de Beijing en reconocimiento a la ciudad que acogió la ronda final de negociaciones.

El nuevo tratado abre por vez primera la puerta del régimen internacional del Derecho de Autor a los artistas intérpretes o ejecutantes de obras audiovisuales.

En su mensaje de conmemoración del Día mundial de la Propiedad Intelectual, Francis Curry, Director General de la OMPI, dijo:

“Las películas siempre han captado la atención del público en el mundo entero desde las primeras películas mudas despiertan fascinación y pasión, si bien Hollywood alguna vez ocupó una posición dominante, ahora estamos viendo florecer a industrias cinematográficas en todo el mundo: Bolywood en la India; Nollywood en Nigeria; o en Escandinavia, África del Norte, China y otros lugares de Asia. Es el cine, una pasión universal.

ompi