Veracruz, por primera vez en su historia, cuenta con la primera y única institución integral, privada, de mecanismos alternativos de solución de controversias

Inicial.pngEl Centro de Mediación, Arbitraje y Solución de Controversias de Veracruz CMASCV® es una institución privada, neutral, certificada por el Sistema Internacional de Control de Calidad ISO 9000, aprobada y certificada por el Poder Judicial del Estado de Veracruz, altamente especializada en mecanismos alternativos de solución de controversias nacionales e internacionales que pone a disposición de la sociedad múltiples opciones y herramientas especializadas, rápidas, transparentes, confidenciales, económicas y eficaces de resolución de controversias sin tener que recurrir a la vía judicial.

El CMASCV® es la primera y única institución integral de solución de controversias en su tipo, en el estado de Veracruz y el sureste mexicano.

Con sustento en la Constitución General de la República y la local del Estado, Tratadoslo que hacemos Internacionales, Jurisprudencia y leyes secundarias correlacionadas, el CMASCV® está legal y formalmente facultado para ejercer los mecanismos alternativos de solución de controversias como se le conoce al sistema mundialmente, en procedimientos de negociación, mediación, conciliación, arbitraje, arbitraje acelerado, peritaje, informe de un tercero, dispute boards, y paneles de expertos, los que ofrecen un mecanismo extrajudicial para solucionar eficazmente sus controversias nacionales o transfronterizas en materias tales como: Civil, Mercantil, Familiar, Vecinal, Escolar, Propiedad industrial, Derechos de autor, Franquicias, Licenciamiento, Distribución, Negocios internacionales, Contratos, Societarios, y de inversión, entre otras materias más.

Los acuerdos alcanzados o que resulten del procedimiento respectivo tendrán fuerza jurídica de sentencia y efecto de cosa juzgada ante cualquier instancia jurisdiccional, siendo eficientes en su solución y eficaces en su cumplimiento.

El CMASCV® participa en los procedimientos por acuerdo de las partes en controversia, lo que da fundamento legal a su intervención.

Los miembros del CMASCV® son desde hace más de 20 años, profesionales certificados por las más importantes instituciones de la materia en el mundo, en procedimientos domésticos e internacionales llevados a cabo tanto en el territorio nacional como en 12 países de Iberoamérica, en procedimientos ad hoc e institucionales, administrados por instituciones nacionales e internacionales de solución de controversias.

Con la apertura del CMASCV®, el sistema judicial en Veracruz, en procuración e impartición de justicia, se redimensiona y lleva al estado y la región sureste del país, de lleno a la modernidad jurídica con la incorporación a la solución privada de controversias legales entre partes mediante los procedimientos alternativos de solución de conflictos que definitivamente constituyen para la sociedad una economía en costos y tiempo.

Las oficinas centrales del CMASCV® se encuentran ubicadas en la Ciudad de Xalapa, capital del estado de Veracruz, y cuenta con unidades regionales de atención, en la Ciudad de México, la Ciudad y Puerto de Veracruz, y la Ciudad y Puerto de Coatzacoalcos, Veracruz; y atiende procedimientos de solución de controversias provenientes de todo el país y del ámbito internacional, surgidos en México.

www.centrodemediacionyarbitraje.org

Complicaciones e implicaciones del silencio en los Derechos Humanos.

-Tiene derecho a guardar silencio. Cualquier cosa que diga puede ser usada en su contra-.

Protocolo conocido como “advertencia Miranda” o “Miranda warning” con que los policías de Estados Unidos le dan a conocer sus derechos a la persona que arrestan.

Fue establecido por la Corte Suprema de los EE.UU, a raíz del caso Miranda contra Arizona en 1966.

Arturo Miranda acusado de violación en 1963 y señalado por testigos, logró anular la sentencia del tribunal que lo condenó sustentándose en que su confesión de culpabilidad la había hecho durante su detención e interrogatorio policial sin que se le advirtiera que tenía derecho a guardar silencio, a no auto incriminarse; derecho garantizado por la Quinta Enmienda* a la Constitución de los Estados Unidos.

“No tiene derecho a guardar silencio. Todo lo que calle va a ser usado en su contra”.

Puede considerarse  como la “advertencia Yupanqui”.

Atahualpa Yupanqui, dijo en su canción proclama “Le tengo rabia al silencio”:

Le tengo rabia al silencio

por lo mucho que perdí

que no se quede callado

quien quiera vivir feliz.

El cantautor argentino, poeta y escritor, censurado por su canto libertario, detenido por su ideología revolucionaria, torturado por su activismo político contestatario al régimen de Juan Domingo Perón y perseguido en las distintas etapas dictatoriales de la Argentina del siglo XX, así dijo acusando que no debe haber silencio cómplice.

Quinta Enmienda* forma parte de la Carta de Derechos de los Estados Unidos, relacionada al procedimiento legal o debido proceso.

“Nadie estará obligado a responder de un delito castigado con la pena capital o con otra infamante si un Gran Jurado no lo denuncia o acusa; ni se le forzará a declarar contra sí misma en ningún juicio criminal”.

Por Eduardo Poblete

SOLUCIÓN EFICAZ DE CONTROVERSIAS MERCANTILES MEDIANTE EL ARBITRAJE ACELERADO

diariodexalapa

solución eficaz de controversias mercantiles

Arbitraje acelerado

Feliz Navidad 2017

PCG CITAS

Feliz Navidad y año nuevo 2015

«Una mañana, a uno de nosotros se le acabó el negro; y ese fue el nacimiento del Impresionismo».
-Pierre Auguste Renoir-

Triunfar implica el valor de trabajar en perfecta armonía con los claroscuros de la vida; actuar conjuntamente con la corriente para que esta no le desvíe de lo que quiere crear.

Un día radiante, hoy, para iluminar su Noche Buena, alumbrarle un feliz Fin de Año y un Año Nuevo lleno de luz, que matice, como en el impresionismo, su obra.

Sea feliz con amor y en unión de su familia.

Gracias por leerme, por compartir sus comentarios, sus felicitaciones, su sentir, sus críticas, las cuales nos ayudan a mejorar, pero sobre todo, gracias por acompañarnos durante este año que termina.

Les deseo a todos y cada uno de ustedes, Feliz Navidad y un año nuevo lleno de amor, paz, salud y éxitos.

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La enseñanza, investigación y divulgación del arbitraje y los MASC

*Dr. Eduardo F. Poblete Castillo.

“La preparación profesional e intelectual del capital humano cuesta: pero la realidad social nos demuestra que la falta de preparación de dicho capital humano, cuesta mucho más; por eso ninguna inversión es tan valiosa como la que un país destina a la enseñanza e investigación”.
-Eduardo Poblete-

enseñanza del arbitraje internacional

Toda sociedad se debate en un conflicto dialéctico por el conjunto de intereses distintos y pensamientos encontrados y lo más importante es no solo resolver el conflicto sino la forma como se resuelve; se pueden resolver conflictos por ejercicio del poder, por derechos o por intereses de las partes; la mayor civilidad se alcanza cuando las soluciones se dan exactamente en un órden de prioridad inverso: eso es educación.

Los procesos alternativos de solución de controversias, MASC, como la negociación o transacción, mediación, conciliación y arbitraje permiten que un mayor porcentaje de la población tenga acceso a un mejor servicio de justicia; además fomentan la participación activa de la sociedad civil y representan ciertas ventajas sobre los procedimientos judiciales formales, toda vez que: prestan atención a los intereses de las partes en conflicto y no solamente a sus derechos y obligaciones, en consecuencia los resultados que se obtienen a través de estos procedimientos benefician a todas las partes involucradas; tienen impacto positivo en la relación futura de los contendientes, es decir fomentan la transigencia, la tolerancia y la negociación ante la posibilidad de un futuro conflicto de intereses; desaparece el juez como autoridad , lo que desde un punto de vista psicológico, desinhibe a las partes para poner en la mesa de discusión toda la información necesaria sobre los verdaderos intereses que subyacen a la litis; permiten la intervención de un tercero imparcial, por lo general especialista en la materia objeto de la controversia; y son flexibles pues las diferencias tienden a ser consensuadas para la solución del asunto.

“El Juez impone sanción; el Árbitro impone solución”
-Eduardo Poblete-

A Cecilia Flores Rueda; con respeto.

La designación como Presidenta y Directora de la Comisión de Mediación y Arbitraje de la Cámara Nacional de Comercio de la ciudad, Canaco D.F. de que fue objeto Cecilia Flores Rueda, ejemplifica el reconocimiento a una capacidad que, si bien joven, garantiza con responsabilidad la conducción de una institución que se enmarca en la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, Convención de Nueva York, Convención de Panamá, Convención de Montevideo, Convención México-España, Tratado de Libre Comercio de América del Norte; por referir algunos aspectos de la dimensión y el compromiso que el cargo conlleva y representa respecto al prestigio internacional de México ante el mundo.

Con licenciatura en la Universidad Panamericana; con estudios de posgrado en Derecho Comercial Internacional; maestría en el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey; graduada con honores en cada fase mencionada; catedrática de la Universidad Lasalle; autora de tratados sobre su especialidad en comercio internacional y editora del Diccionario Enciclopédico de Arbitraje Internacional; miembro de ICC; Delegada por México ante el grupo de trabajo sobre conciliación y arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el desarrollo mercantil Internacional y ante el Comité Consultivo de controversias comerciales privadas del Tratado de Libre Comercio de América del Norte; miembro del Instituto Mexicano del Arbitraje; especialista en negocios y transacciones comerciales conforme a Derecho Internacional y Norteamericano.

Sus blasones académicos, experiencia internacional, destacada actuación en el secretariado general de la Comisión de Mediación y Arbitraje que ahora presidirá y dirigirá le son nutrientes para cumplir un cometido que mantenga la celebridad que al país ha distinguido en Latinoamérica y el mundo, en el desarrollo de los medios alternos de solución de conflictos.

Tuve el honor de contar con el talento de Cecilia Flores Rueda, compartiendo su visión, durante sus clases en una de las etapas de mi formación profesional, sobre la filosofía del Arbitraje: de cada cual en acuerdo al cumplimiento de sus obligaciones; a cada cual de acuerdo al resultado del cumplimiento de sus responsabilidades.

Felicidades Cecilia por tan merecido nombramiento; éxito en tu encomienda.